Close Menu
InfoveritasInfoveritas
  • Inicio
  • Nosotros
    • Quiénes somos
    • Equipo
    • Metodología
    • Política de neutralidad e imparcialidad
    • Política de correcciones
  • Aula Infoveritas
    • Actualidad
      • EFCSN
      • Fact-checking and beyond
      • European Congress on Disinformation and Fact-Checking
    • Alfabetización mediática
    • Cazadores de bulos
    • Cumbre Desinformación
      • Edición 2024
      • Edición 2023
    • Informes
      • 2022
        • Balance desinformación 2022
        • Previsiones desinformación 2023
      • 2023
        • Balance desinformación 2023
        • Previsiones desinformación 2024
      • 2024
        • Balance desinformación 2024
        • Previsiones desinformación 2025
    • Logros y metas
      • Logros y metas Infoveritas 2022-2023
  • Hemeroteca
  • Únete a la verdad
LinkedIn X (Twitter)
Baliza
Gripe
Lotería
Ranas
info@info-veritas.com
Facebook Instagram LinkedIn TikTok WhatsApp X (Twitter)
InfoveritasInfoveritas
jueves, 18 diciembre 2025
  • Inicio
  • Nosotros
    • Quiénes somos
    • Equipo
    • Metodología
    • Política de neutralidad e imparcialidad
    • Política de correcciones
  • Aula Infoveritas
    • Actualidad
      • EFCSN
      • Fact-checking and beyond
      • European Congress on Disinformation and Fact-Checking
    • Alfabetización mediática
    • Cazadores de bulos
    • Cumbre Desinformación
      • Edición 2024
      • Edición 2023
    • Informes
      • 2022
        • Balance desinformación 2022
        • Previsiones desinformación 2023
      • 2023
        • Balance desinformación 2023
        • Previsiones desinformación 2024
      • 2024
        • Balance desinformación 2024
        • Previsiones desinformación 2025
    • Logros y metas
      • Logros y metas Infoveritas 2022-2023
  • Hemeroteca
  • Únete a la verdad
InfoveritasInfoveritas
Demo
Hacienda no te hará declarar tus bizums entre particulares (salvo si esconden ingresos)
Explicativos

Hacienda no te hará declarar tus bizums entre particulares (salvo si esconden ingresos)

La cena entre amigos o el bote para un regalo no tributa, pero sí hay que declarar el cobro de clases particulares o el cobro del alquiler de una vivienda
Por Infoveritasdiciembre 18, 20254 Minutos de Lectura
LinkedIn Facebook Twitter WhatsApp Telegrama

Circulan en redes sociales mensajes sobre las supuestas nuevas obligaciones informativas a la Agencia Tributaria de los particulares en relación con los pagos realizados por bizums, un sistema de pago instantáneo, u otros sistemas de pagos equivalentes. “¡Hacienda vigilará todos tus Bizum a partir de 2026!” (sic), se puede leer en uno de los mensajes virales que circulan por redes.

No obstante, Hacienda señala en esta nota aclaratoria emitida el 15 de diciembre de 2025 que se trata de informaciones incorrectas. La nueva medida solo afecta a empresarios y profesionales. Los pagos instantáneos entre particulares sin actividad económica quedan excluidos de la medida.

📲Los pagos y cobros por Bizum seguirán sin declararse entre particulares, solo deberán hacerlo empresarios y profesionaleshttps://t.co/OczIZrbC31 pic.twitter.com/Q61463GFuR

— Ministerio de Hacienda (@Haciendagob) December 15, 2025

¿Qué dice y a quién afecta la nueva norma que entra en vigor el 1 de enero de 2026?

El pasado mes de abril se aprobó el Real Decreto 253/ 2025, una norma que modifica algunas obligaciones fiscales a partir del 1 de enero de 2026. En concreto, el artículo 38 bis recoge que, a partir de febrero de 2026, los bancos y las plataformas de pagos están obligados a informar a la Agencia Tributaria mensualmente de los cobros efectuados mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil por empresarios y profesionales.

 No obstante, en el propio artículo se precisa que esta medida solo afecta a los empresarios o a los profesionales adheridos a estos sistemas de cobros. “Los bancos reportarán a la Agencia Tributaria información mensual acumulada de cada empresario o profesional, no se remitirá la información operación a operación”, informan desde Hacienda. Hasta la fecha, las entidades financieras solo tenían la obligación de informar cuando el importe de estas transacciones superaba los 3.000€.

¿Tengo que declarar los bizums entre amigos?

No, la norma específica que los bizums entre amigos y familiares no tributan. “Solo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Quedan así excluidos los cobros entre particulares”, informan desde Hacienda.

El foco está puesto en los pagos entre autónomos o empresarios, pero no en el bote del regalo para un familiar o en la cena de Navidad de los amigos. Por tanto, sí tributan trabajos como dar clases particulares, vender productos artesanales o alquilar tu vivienda, puesto que Hacienda considera que se trata de una actividad económica. Con esta medida, se busca garantizar que todas las transacciones estén registradas y evitar el fraude fiscal.

En concreto, señalan desde Hacienda,las entidades financieras deberán informar mensualmente de: 

  • La identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes
  • Número de comercio con el que operan
  • Terminales de venta
  • Importe mensual facturado con Bizum
  • Identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales

Fiscalidad de Bizum y de PayPal

Respecto a la fiscalidad de Bizum, tienes que declarar a Hacienda si recibes 10.000 euros o más, como se recoge en la Ley General Tributaria. “Si usas Bizum como método de pago de una empresa, deberás declarar todas las cantidades que recibas, aunque sean pequeños envíos de dinero, ya que las operaciones estarán gravadas por algún tipo de impuesto, como el IVA”, señalan en la página web de CaixaBank.

Respecto a la fiscalidad de PayPal si eres persona física y tienes tu dinero depositado en PayPal, deberás declararlo siempre que el saldo sea igual o superior a los 50.000 euros, a través del modelo 720, entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al referido en la declaración. “PayPal tiene sede en Luxemburgo, por lo que tu saldo debe ser declarado como bien o servicio situado en el extranjero, como indica la Ley General Tributaria”, indican desde CaixaBank.

En relación a los envíos de dinero, se deberá reflejar en la declaración de Hacienda “si recibes 10.000 o más euros. En caso de que seas una empresa, deberás declarar todas las cantidades”, apuntan.

Fuentes

Nota aclaratoria emitida el 15 de diciembre de 2025 por el Ministerio de Hacienda

Real Decreto 253/ 2025

Ley General Tributaria

Noticias de la Agencia Tributaria:Modificaciones en materia de obligaciones de información

Página web de CaixaBank

autónomos Bizum Empresarios featured Hacienda Profesionales
Compartir. LinkedIn Facebook Twitter WhatsApp Telegrama

Noticias Relacionadas

Explicativos

¿Quién tiene que pagar a Hacienda si compartes un décimo de lotería? 

diciembre 17, 2025Por Infoveritas
Explicativos

¿Qué sabemos sobre los 240.000€ de la Junta de Castilla y León “para que las ranas beban agua”?

diciembre 16, 2025Por Infoveritas
Infoveritas
Facebook Instagram LinkedIn TikTok WhatsApp X (Twitter)
  • Aviso Legal
  • Metodología
  • Política de cookies
  • Política de correcciones
  • Política de privacidad
© 2025 Metech. Todos los derechos reservados.

Escribe y pulsa Enter para la búsqueda. Pulsa Esc para cancelar.

Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes obtener más información AQUÍ

ConfiguraciónAceptar TodoRechazar
Manage consent

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Funcional
Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funcionalidades, como compartir el contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras funciones de terceros.
Rendimiento
Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices clave de rendimiento del sitio web, lo que ayuda a brindar una mejor experiencia de usuario a los visitantes.
Analítica
Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre métricas, el número de visitantes, la tasa de rebote, la fuente de tráfico, etc.
Anuncio publicitario
Las cookies publicitarias se utilizan para proporcionar a los visitantes anuncios y campañas de marketing relevantes. Estas cookies rastrean a los visitantes en los sitios web y recopilan información para proporcionar anuncios personalizados.
Otras
Otras cookies no categorizadas son aquellas que están siendo analizadas y aún no han sido clasificadas en una categoría.
Necesaria
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Estas cookies garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web, de forma anónima.
GUARDAR Y ACEPTAR
Consultorio
Si te llega un vídeo, SMS o foto y piensas que es un bulo, escríbenos por Whatsapp para que lo verifiquemos.
Abrir chat