Durante el acto de clausura de la I Academia de la Juventud Madrileña, organizada por Nuevas Generaciones del Partido Popular de Madrid, celebrada en el Real Centro Universitario María Cristina de San Lorenzo de El Escorial, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, pidió a Pedro Sánchez, presidente en funciones del Gobierno, que fuera valiente y convocara elecciones.
“Animo a Sánchez a ser sincero por una vez en su vida política, que tenga palabra, convoque elecciones y se presente con el proyecto que, ahora, quiere para España. Porque ningún español ha sido consultado”, solicitó la política en su perfil de Twitter. A este mensaje le acompaña un extracto del vídeo del acto de Nuevas Generaciones en el que solicita al actual presidente en funciones que convoque elecciones.
Animo a Sánchez a ser sincero por una vez en su vida política, que tenga palabra, convoque elecciones y se presente con el proyecto que -ahora- quiere para España.
— Isabel Díaz Ayuso (@IdiazAyuso) September 17, 2023
Porque ningún español ha sido consultado. pic.twitter.com/Def4tfROSV
Posteriormente, otros miembros del partido, como Borja Sémper, portavoz de campaña del PP, también se sumaron a la petición de Díaz Ayuso.
Sin embargo, de acuerdo a lo que recoge la Constitución, si el presidente del Gobierno se encuentra en funciones, como es el caso de Pedro Sánchez, no puede convocar elecciones. Aquí te lo explicamos.
Pedro Sánchez no puede convocar elecciones si es presidente en funciones
De acuerdo a la Constitución, cuando el gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, como sucedió el pasado 23 de julio de 2023, se encuentra en funciones. En ese caso, durante el tiempo que transcurre entre la investidura de un nuevo presidente, el Gobierno cesante, en este caso el equipo de Pedro Sánchez, continúa asumiendo determinadas funciones de gestión diaria.
Sin embargo, sus funciones se encuentran limitadas y hay algunas facultades, de acuerdo al artículo 21 de la Carta Magna, que no puede ejercer. Entre ellas proponer al rey la disolución de alguna de las cámaras, o de las Cortes Generales. Es decir, Pedro Sánchez no puede convocar elecciones en estos momentos.
La Constitución impide convocar elecciones durante el primer año de gobierno
El presidente del gobierno, además, tampoco puede convocar elecciones durante su primer año de mandato. Así lo recoge el artículo 115 de la Constitución, en el punto 3. “No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior”, especifica el texto.
No obstante, recoge una excepción: “Lo dispuesto en el artículo 99, apartado 5”. En concreto, señala que, si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato haya obtenido la confianza del Congreso, “el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso”. En este caso, como la votación de investidura tiene lugar a finales de septiembre, 26 y 27, el plazo expira a finales de noviembre.
Fuentes
Artículos 21, 99 y 115 de la Constitución Española
Vídeo de YouTube
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Perfil de Twitter de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid