Madrid acoge los días 29 y 30 de junio la Cumbre de la OTAN, un evento internacional marcado por la invasión a Ucrania y la necesidad de reforzar el aparato militar. Además, se espera que se establezca la estrategia del organismo para los próximos años, por lo que se debatirán asuntos tan delicados como la adhesión de Finlandia y Suecia al organismo. A raíz de esta reunión, se está difundiendo por redes sociales mucha desinformación relativa a la seguridad de este evento, algunos mensajes aseguran que el Gobierno ha decretado el estado de excepción en Madrid por la Cumbre de la OTAN.
“A causa de la Cumbre de la OTAN, desde el pasado lunes y hasta el día 30, Madrid estará bajo un estado de excepción al amparo de la nueva Ley de Seguridad Nacional”, se puede leer en una de las publicaciones. “En estos días de la cumbre de la OTAN entramos en un estado de excepción no sé cuántos días son pero sí que sé que yo no pienso arriesgarme a que me metan un huevo”, se puede leer en otro mensaje. “Ante la Cumbre de la OTAN en España, el gobierno más progresista… impone un estado de excepción de facto durante once días”, asegura otro usuario.
Sin embargo, esto es falso. El estado de excepción nunca ha sido aprobado en democracia. De hecho, sólo puede declararse en situaciones tan especiales como, por ejemplo, un golpe de estado. En algunas publicaciones también afirman que la declaración del estado de excepción se realiza al amparo de la nueva ley de Seguridad Nacional. Sin embargo, esta ley se encuentra en la fase de tramitación parlamentaria y sus medidas no están en vigor. Además, el estado de excepción se regula en función de otra norma: la Ley Orgánica 4/1981.
El gabinete de prensa del Ministerio del Interior ha respondido a una pregunta de INFOVERITAS sobre estas afirmaciones que se han viralizado, pero les restan credibilidad y no entran en valoraciones.
¿Qué es un estado de excepción?
La Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio prevé la posibilidad de instaurar los estados de alarma, excepción y sitio “cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las Autoridades competentes.” Sus límites y competencias también quedan recogidos en el artículo 116 de la Constitución Española.
El estado de excepción, a diferencia del estado de alarma que se declaró durante la emergencia sanitaria por la Covid-19, será declarado mediante decreto acordado en el Consejo de Ministros, previa autorización en el Congreso de los Diputados.
En concreto, el Ejecutivo sólo puede solicitar al Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción “cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo.”
Para ello, el Ejecutivo tiene que enviar al Congreso una solicitud de autorización donde detalle las medidas a adoptar, el ámbito territorial del estado de excepción, la duración del mismo – que no puede exceder los 30 días- y la cuantía de las sanciones para los ciudadanos que incumplan la ley. Además, deberá especificar los derechos que serán suspendidos, en relación a las medidas a adoptar. No obstante, la suspensión sólo puede afectar a los derechos recogidos en el apartado 1 del artículo 55 de la Constitución Española. Entre ellos, la libertad de residencia y movimiento o el derecho de reunión y huelga.
Además, la Ley Orgánica 4/1981 obliga a publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la declaración de los estados de alarma, excepción o sitio, y a difundirla obligatoriamente por todos los medios de comunicación públicos y por los privados que se determinen. Si se realiza una búsqueda en Google con las palabras estado de excepción y España no aparece ninguna referencia sobre la supuesta declaración del estado de excepción.
En democracia nunca se ha declarado un estado de excepción
“Desde la aprobación de la Constitución no se ha declarado el estado de excepción previsto en el artículo 116 de la Constitución”, confirma a INFOVERITAS el gabinete de prensa del Congreso de los Diputados.
María Garrote de Marcos, profesora del departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) reitera que jamás se ha aprobado en democracia el estado de excepción. Explica que sólo se puede declarar el estado de excepción en circunstancias muy concretas, como un golpe de estado o una revolución. Por ejemplo, se pudo haber declarado durante el golpe de estado de Tejero de 1981. Pero tampoco se hizo en esa ocasión.
No hay una nueva Ley de Seguridad Nacional con motivo de la Cumbre de la OTAN
Algunas desinformaciones que circulan estos días en redes sociales aseguran, además, que la instauración de las medidas restrictivas con motivo de la OTAN es posible porque se ha aprobado una nueva Ley de Seguridad Nacional. Sin embargo, esto también es falso.
La nueva Ley de Seguridad Nacional se encuentra en fase de tramitación parlamentaria. En este enlace puedes encontrar el proyecto de reforma. En estos momentos se encuentra en vigor la Ley 36/2015, de 28 de septiembre de Seguridad Nacional. Contrariamente a lo que se puede leer en algunas publicaciones, en ningún caso permite las detenciones arbitrarias, limita las reuniones o prohíbe las manifestaciones, como insinúan algunos mensajes.
María Garrote de Marcos, experta en Derecho Constitucional, explica a ese respecto que, por ejemplo, el derecho a manifestarse no requiere autorización previa, pero como los recorridos transcurren en espacios de tránsito público, se debe comunicar su celebración con anterioridad a la delegación del gobierno. Este organismo, en función de lo que marca la ley 9/1983 que regula el derecho de reunión, autorizará o rechazará su celebración, emplazándola a una nueva hora, fecha o localización. Por ejemplo, si hay una gran cumbre como la que se celebra en Madrid estos días se deben ponderar el derecho a manifestarse y la seguridad de los ciudadanos, por ello es factible que algunas de esas manifestaciones hayan sufrido modificaciones. Lo mismo sucede con la huelga.
El mayor dispositivo de seguridad de la historia reciente
Como sucede en grandes eventos, la Cumbre de la OTAN contará con un fuerte dispositivo policial. Desde el Ministerio del Interior puntualizan que será el mayor dispositivo de la historia reciente de España.
“Casi 9.000 agentes – 6.550 policías nacionales y 2.400 guardias civiles – participan en la Operación Eirene, el mayor dispositivo de seguridad de la historia reciente de España, en el que se integran también efectivos de la Policía Municipal y del Servicio de Bomberos-Emergencias de Madrid”, destacan en un comunicado del 17 de junio relativo a la organización seguridad del evento.
Además, la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad del Ministerio del Interior coordinará un dispositivo específico para vigilar, proteger y responder ante posibles incidentes de ciberseguridad.
Por tanto, es falso que se haya declarado en Madrid el estado de excepción. De hecho, en democracia nunca ha sido declarado.
Fuentes
Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio
Artículo 116 de la Constitución Española
Artículo 55 de la Constitución Española
Gabinete de prensa del Ministerio del Interior
Gabinete de prensa del Congreso de los Diputados
Nota de prensa sobre la tramitación parlamentaria de la ley Seguridad Nacional publicada el 12 de mayo de 2022
Proyecto de Ley de modificación de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional
Ley 36/2015, de 28 de septiembre de Seguridad Nacional
Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión
Nota de prensa sobre el dispositivo policial durante la Cumbre de la OTAN del 17 de junio de 2022
Declaraciones María Garrote de Marcos, profesora del departamento de Derecho Constitucional