“Fin del cobro de la maleta de cabina: la UE reconoce el derecho de los pasajeros a llevar una pieza de mano gratis en el avión.” En los últimos días se están difundiendo por diferentes redes sociales titulares similares al publicado por el diario El Economista el pasado 4 de octubre.
Sin embargo, esto es falso. A 5 de octubre de 2023, la Unión Europea no ha reconocido el derecho de los pasajeros a llevar una pieza de mano gratis en los aviones. Por el momento, lo que ha aprobado el Parlamento Europeo es una resolución no vinculante, esto es que no es de obligado cumplimiento, pidiendo estándares uniformes en toda la Unión Europea sobre el tamaño del equipaje de mano que pueden llevar los pasajeros.
La Unión Europea no ha prohibido el cobro del equipaje de mano en los aviones
Contrariamente a lo que aseguran los titulares, la Unión Europea no ha prohibido el cobro de la maleta de mano en los aviones. Por el momento ha aprobado una resolución no vinculante, esto significa que no es de obligado cumplimiento, pidiendo estándares uniformes para todos los países de la Unión Europea sobre el tamaño de los equipajes de mano que pueden llevar los pasajeros en las aerolíneas. Así lo explicaba la eurodiputada Laura Ballarín Cereza en su perfil de X, antes Twitter.
‼️🇪🇺Es importante que los representantes políticos y los medios de comunicación ayudemos a explicar y no confundir a la ciudadanía sobre lo qué hacemos en las instituciones europeas.
— Laura Ballarin Cereza (@lauballarin) October 4, 2023
🧳❌ La UE no ha reconocido el derecho de los pasajeros a llevar una pieza de mano gratis en el… pic.twitter.com/099VCivR33
Desde el departamento de comunicación de la Comisión Europea explican que el Tribunal de Justicia de la UE dictaminó que los pasajeros pueden llevar sus equipajes de mano como parte de su tarifa básica, “siempre que su equipaje cumpla con requisitos razonables en cuanto a peso, dimensiones y seguridad.”
Sin embargo, como no existe una normativa común sobre el equipaje autorizado en cabina, implica que muchas compañías establezcan sus propios estándares e, incluso, que oculten este cobro, lo que dificulta la comparación de los precios al comprar un billete. “Es importante que los consumidores puedan tomar decisiones informadas sobre qué es lo que se incluye en los billetes. La normativa de Servicios Aéreos (EC) No 1008/2008 requiere que las tarifas aéreas disponibles para el público incluyan todas las condiciones aplicables y el precio final. Los suplementos opcionales deberán ser comunicados de forma clara al inicio del proceso de reserva”, señalan.
Para evitar que esto suceda, el Parlamento Europeo ha pedido a la Comisión Europea una revisión del marco regulatorio, “para explorar medidas para abordar la complejidad creciente que existe en las ofertas de las aerolíneas en cuanto a equipaje, al tiempo que se respeta la libertad comercial de las aerolíneas, que en un entorno competitivo ha permitido la reducción de precios y el aumento de la oferta para los pasajeros.”
¿Cuál es la historia detrás de este voto?
El Parlamento Europeo en España explicaba así el origen de esta votación: “Hace unos años, la comisión del Comité Europeo de Peticiones recibió una queja ciudadana que aseguraba que cada compañía aérea tiene sus propias normas sobre el tamaño del equipaje permitido y las tasas que exigen a los pasajeros, por lo que pedía una ley para poner normas comunes.”
Esta petición ha dado lugar a una resolución no vinculante que se aprobó la semana pasada en la comisión de Peticiones y que fue ratificada ayer, 4 de octubre, por el pleno en Estrasburgo. En el texto, el Parlamento reclama “una revisión de la legislación de la UE sobre derechos de los pasajeros aéreos para solucionar las molestias e incomodidades que genera esta falta de coherencia entre las reglas que aplican las distintas compañías.”
¿Adiós a pagar por la maleta de mano en el avión?
— Parlamento Europeo en España (@Europarl_ES) October 4, 2023
Seguro que has oído algo sobre esto en los últimos días. Y es que hoy, en el Parlamento Europeo, hemos votado sobre este tema.
¿Qué se ha decidido exactamente y cuál es la historia detrás de este voto? 😉🧵
“El texto señala que existe jurisprudencia de 2014 del @EUCourtPress que dictaminó que las compañías no deberían cobrar un suplemento por equipaje de mano si cumple con unas medidas razonables y con los requisitos de seguridad aplicables”, señalan. Desde este organismo solicitan que aprovechando esa base legal y la legislación de 2008 se establezcan normas comunes para la explotación de los servicios aéreos, como la selección de asientos o estandarizar las medidas para el equipaje de mano que se permite transportar en cabina.
¿Qué sucede en España?
En España la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea establece en su artículo 97 que “el transportista estará obligado a transportar conjuntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los reglamentos”. Esto significa que se reconoce el derecho a viajar sin coste añadido con el equipaje de mano que se necesite, “siempre que sus dimensiones sean razonables, a los pasajeros que contraten desde España vuelos con origen o destino en dicho país”, explica FACUA en su página web.
Sin embargo, esta normativa también preveía la creación de un reglamento posterior que desarrollara dimensiones máximas, “que nunca llegó a aprobarse”, añaden desde este organismo. Al no existir esos estándares, como sucede en Europa, el incumplimiento de la norma era y es alto.
De hecho, el Ministerio de Consumo abrió expediente sancionador a varias aerolíneas lowcost por el cobro de sobrecostes por el equipaje de mano transportado en cabina, el pasado mes de agosto, tal y como señalan en esta nota de prensa.
INFOVERITAS verifica que…
La Unión Europea no ha prohibido el cobro del equipaje de mano en los aviones. Por el momento, lo que ha aprobado el Parlamento Europeo es una resolución no vinculante, pidiendo estándares uniformes en toda la Unión Europea sobre el tamaño del equipaje de mano que pueden llevar los pasajeros.
Fuentes
Perfil de X del Parlamento Europeo de España
Perfil de X de la eurodiputada Laura Ballarín Cereza
Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea
Departamento de prensa de la Comisión Europea en España
Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea
Página web de FACUA
Nota de prensa Consumo abre expediente sancionador a varias aerolíneas lowcost por los sobrecostes por equipaje de mano, del Ministerio de Consumo