A raíz de la regularización extraordinaria, se ha detectado un repunte de redes sociales una narrativa desinformativa acerca de las ayudas económicas que reciben las personas migrantes. Algunas afirmaciones, de hecho, proceden de líderes políticos, como Sílvia Orriols presidenta de Aliança Catalana, quién afirmó que “en Catalunya se dan más ayudas “a los inmigrantes ilegales que a los ciudadanos naturales que han cotizado toda la vida.” Las palabras de la presidenta se enmarcan en el pleno parlamentario del pasado miércoles, 15 de abril.
Vox también insiste de manera recurrente desde hace años en la misma imagen: inmigrantes que vienen a España para vivir de las ayudas sociales. Como ejemplo, estas palabras del concejal en el Ayuntamiento de Murcia, José Mariano Orenes, en relación a las ayudas públicas del consistorio. “El 40% de esas ayudas se lo ha llevado la población extranjera, siendo esta población el 12% de los habitantes de la ciudad de Murcia. Un extranjero en Murcia recibe 5 euros por cada euro de un murciano.”
No obstante, esto no es cierto. Las ayudas exclusivas para personas migrantes no existen en España. Las prestaciones económicas están a disposición de cualquier persona que cumpla los requisitos estipulados, principalmente la renta. Además, muchas establecen como condición que la persona sea residente legal.
No, no existen ayudas económicas exclusivas para migrantes
Contrariamente a la narrativa viral que repunta cada cierto tiempo, no existen ayudas económicas exclusivas para migrantes. Las ayudas sociales en España se rigen por el principio de necesidad socioeconómica, no de origen. De hecho, la situación de irregularidad administrativa es precisamente la mayor barrera para acceder a cualquier tipo de protección pública, puesto que muchas prestaciones establecen como condición que la persona sea residente legal.
Según se señala desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el acceso a ayudas económicas para migrantes en España depende principalmente de su situación administrativa (regular o irregular), empadronamiento y nivel de vulnerabilidad. Sin embargo, existen ciertos derechos básicos, atención humanitaria y recursos autonómicos/municipales destinados a atender necesidades básicas de vulnerabilidad. Por ejemplo, el Gobierno central ofrece programas de atención humanitaria para inmigrantes en situación de vulnerabilidad, especialmente para quienes llegan a costas o a través de Ceuta y Melilla, cubriendo necesidades básicas.
Además, tienen la obligación de empadronarse. Así lo establece la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local. El artículo 15 establece que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente.
Derechos de los migrantes en situación irregular
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reconoce que cualquier extranjero, independientemente de su situación administrativa, tiene derecho a la educación según la legislación educativa vigente. “Los extranjeros menores de dieciséis años tienen el derecho y el deber a la educación, que incluye el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria. Los extranjeros menores de dieciocho años también tienen derecho a la enseñanza posobligatoria.”
También los adultos tienen los mismos derechos a la hora de estudiar. Aunque una persona sin papeles puede intentar matricularse en ciertos estudios, el acceso al sistema de becas públicas suele estar bloqueado, ya que uno de los requisitos del Ministerio de Educación es poseer un NIE (Número de Identidad de Extranjero) en vigor asociado a una residencia legal.
Además, en marzo de 2026, el Gobierno de España reforzó la sanidad universal mediante un Real Decreto que garantiza el acceso gratuito a la salud para todas las personas que viven en el país, incluidos inmigrantes en situación irregular. También tienen derecho a asistencia jurídica, así como a ayudas de emergencia social en algunos Ayuntamientos.
Derechos de extranjeros con permiso de residencia legal
Los extranjeros con permiso de residencia legal en España disfrutan de una equiparación casi total con los ciudadanos nacionales en el ejercicio de sus derechos civiles y sociales. Según la Ley Orgánica 4/2000 y el reciente Real Decreto 1155/2024, los residentes tienen pleno derecho a ejercer una actividad remunerada, ya sea por cuenta propia o ajena, y acceso al sistema de Seguridad Social en igualdad de condiciones. Esto incluye el derecho a prestaciones por desempleo, asistencia sanitaria completa a través de la tarjeta sanitaria individual y el acceso a becas y ayudas públicas en todas las etapas educativas postobligatorias, siempre que se cumplan los requisitos de renta y aprovechamiento académico exigidos para los españoles.
Asimismo, el artículo 6 de la Ley de Extranjería permite a los residentes participar en las elecciones municipales, mientras que el artículo 13 les otorga el derecho de acceso al sistema público de ayudas en materia de vivienda.
Además, los extranjeros pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España si tienen residencia legal, efectiva e ininterrumpida durante al menos el último año, y demuestran vulnerabilidad económica. Es necesario poseer NIE/tarjeta de residencia en vigor, estar inscritos como demandantes de empleo y no se puede conceder a personas en situación irregular. Según datos del Ministerio, A finales de 2025, las personas extranjeras representan aproximadamente el 17,52% de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España.
Finalmente, pueden acceder a la renta garantizada, una prestación gestionada a nivel autonómico, destinada a personas sin recursos, independientemente de su nacionalidad. Entre los requisitos que se exigen para acceder a esta ayuda, además de estar en situación de vulnerabilidad económica, está tener la residencia legal en el momento de presentar la solicitud (Comunidad de Madrid y Cataluña)
Fuentes
Pleno del Parlamento de Cataluña del 15 de abril de 2026
Palabras del Concejal en el Ayuntamiento de Murcia, José Mariano Orenes en el medio Murcia. com
Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local
Información sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Requisitos de la Comunidad de Madrid y Cataluña para acceder a la renta garantizada
