“El cabecilla de una red de prostitución de menores se cambia de sexo para estar en el módulo femenino de la cárcel”, este es el titular de una noticia que circula en la red social de X del diario ABC.
Sin embargo, esto es falso. La ley trans no permite cambiar de género para estar en el módulo femenino de la cárcel. A les personas se les juzga y se les condenada según el sexo registral que tenían cuando se cometió el delito.
Además, en el interior de la noticia se señala que no se ha realizado tal cambio, a pesar de la petición del condenado, y que el preso cumple condena en el módulo masculino.
En el texto se explica que el condenado sigue en el módulo de hombres
El pasado 24 de enero, el diario ABC publicaba una noticia con el siguiente titular: “El cabecilla de una red de prostitución de menores se cambia de sexo para estar en el módulo femenino de la cárcel”. Ese mismo día, difundía la notica en su red social de X junto con este texto: “El cabecilla de una red de prostitución de menores se cambia de sexo para estar en el módulo femenino de la cárcel”. Este post muchos usuarios lo han interpretado como que el condenado varón cumple, tras cambiarse de sexo, condena en el módulo femenino.
Sin embargo, si se lee la noticia completa se puede observar que al preso se le asignó el módulo de máximo respeto masculino. Y, por ello, el condenado comenzó una huelga de hambre para presionar su traslado. El preso justifica este traslado después de que “tramitara recientemente un cambio registral de sexo, por lo que pretendía entrar en prisión como mujer”, se puede leer en el texto.
De acuerdo a la ley trans, se juzga a la persona según el sexo que tenía cuando lo cometió
La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida popularmente como ley trans, señala en su artículo 46 que la persona que se cambie de sexo, pasando del masculino al femenino, podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres, artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
No obstante, el texto puntualiza que esto sucede “a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral”. Por tanto, si una persona hace un cambio registral del sexo masculino a femenino, prevalecerán “las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral”.
INFOVERITAS verifica que…
La ley trans no permite cambiar de género para estar en el módulo femenino de la cárcel, como insinúa el titular de ABC. Las personas son juzgadas y, según el caso, condenadas según el sexo registral que tenían cuando se cometió el delito. Además, en el interior del texto se señala que no se ha realizado tal cambio
Fuentes
Artículo 46 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI
Noticia de ABC del pasado 24 de enero de 2025: “El cabecilla de una red de prostitución de menores se cambia de sexo para estar en el módulo femenino de la cárcel”