“Los homosexuales acaban de recibir la prohibición del gobierno de acudir al psicólogo, psiquiatra o cualquier asistente social ante una crisis de salud mental. ¿Quien es el valiente entre los médico o asistente que se va a arriesgar a que le persiga la jauría de las ONG del gobierno por intentar ayudar a alguien aunque nada tenga que ver con la orientación? sexual?” (sic).
Nos habéis preguntado a través de nuestro WhatsApp por este y otros mensajes similares que circulan en los últimos días en redes sociales en los que se asegura que en España se ha prohibido a las personas LGTB acudir al psicólogo, psiquiatra o a cualquier asistente social ante una crisis de salud mental.
No obstante, esto es falso. España no ha realizado tal prohibición. En realidad, el Congreso de los Diputados de España aprobó la reforma del Código Penal que castiga con penas de prisión de seis meses a dos años a quienes practiquen terapias de conversión LGTBIQ.
España no ha prohibido “ir al psicólogo a personas LGBT”
Contrariamente a lo que se asegura en los mensajes virales, España no ha prohibido “ir al psicólogo a personas LGBT”. Lo que se ha aprobado realmente en el Congreso de los Diputados es una reforma del Código Penal para penalizar las pseudoterapias dirigidas a modificar, reprimir o eliminar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género de una persona.
En concreto, la proposición aprobada en el Congreso modifica el Código Penal para castigar con prisión de seis meses a dos años a quienes apliquen sobre otros individuos “procedimientos de aversión o conversión, ya sean psicológicos, físicos, farmacológicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a modificar, reprimir, eliminar o negar su orientación sexual, su identidad sexual o su expresión de género, con afectación de su integridad corporal o su salud física o mental o con menoscabo grave de su integridad moral”.
No obstante, en ningún apartado de la ley se restringe el derecho de las personas LGTBIQ+ a recibir atención psicológica o psiquiátrica general ante cualquier crisis de salud mental.
De infracción administrativa a delito en el Código Penal
En España esas prácticas ya estaban prohibidas desde 2023. No obstante, se sancionaban con multas de 10.001 a 150.000 euros como infracción administrativa, “pero no figuraban como delito en el Código Penal”, señalan en este texto de TVE.
Este cambio normativo se produce coincidiendo con la presentación de una iniciativa ciudadana Europea de 2024 que solicitaba prohibir estas prácticas en toda la Unión Europea. La respuesta de este organismo en mayo de 2026 a esta petición fue una recomendación a los Estados miembros a prohibir dichas terapias, que equiparan la homosexualidad con una enfermedad.
En el contexto de las terapias de conversión, el experto independiente de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género, Víctor Madrigal-Borloz, equiparó esta violencia «a formas de tortura».
INFOVERITAS verifica que…
España no ha prohibido a los ciudadanos LGBT que acudan al psicólogo o al psiquiatra. El Congreso de los Diputados de España aprobó recientemente la reforma del Código Penal que castiga con penas de prisión de seis meses a dos años a quienes practiquen terapias de conversión LGTBIQ.
Fuentes
Iniciativa ciudadana Europea de 2024
Declaraciones del experto independiente de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género, Víctor Madrigal-Borloz
Texto de TVE sobre el cambio de infracción administrativa a delito en el Código Penal sobre las terapias de conversión
Proposición aprobada en el Congreso
