Estos días se ha viralizado este mensaje publicado por un usuario anónimo en la red social Twitter: “Trabajo en el barrio de Salamanca, Me acaba de decir un cliente q qué vergüenza, pagaba un 10% x las medicinas y le han subido a un 40%, Así que le he dicho que le dé las gracias a #Ayuso y no olvide que la Sanidad está transferida a las CCAA, Uff, qué satisfacción q les suban todo” (sic).
Sin embargo, esto es falso. La fijación de precios de los medicamentos en España es competencia de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, adscrita al Ministerio de Sanidad. Además, el porcentaje de pago de los pacientes se calcula en función de la renta.
Las comunidades autónomas no tienen competencias en la fijación de los precios de los medicamentos
Para comprobar la veracidad de la afirmación del tuit en cuestión, se ha consultado el Documento informativo sobre la financiación y fijación de precio de los medicamentos en España. En él se estipula que la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, adscrita al Ministerio de Sanidad, es el organismo competente a este respecto.
Por lo tanto, la fijación de estos precios compete al Estado, no a las autonomías. Así lo refleja también el artículo 149 de la Constitución, donde se regulan las competencias del Estado. En materia sanitaria le corresponden la sanidad exterior, las bases y la coordinación general de la sanidad y la legislación sobre productos farmacéuticos.
El precio que pagan los pacientes se calcula en función de la renta
La cantidad que aportan los pacientes al precio de los medicamentos está regulada en el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. En concreto, en el artículo 94 bis.
Se calcula en función de la renta, y, en general, los que tengan una renta de 100.00, o superior, consignada en la declaración del IRPF pagan un 60%. Un 50% aquellos cuya renta oscile entre los 18.000 y los 100.000 euros. Y un 40% para los pacientes que no se encuentren en ninguna de las situaciones anteriores, es decir, que su renta sea inferior a 18.000 euros.
A los pensionistas les corresponde un 10%, excepto aquellos cuya renta sea igual o superior a 100.000 euros.
Por otra parte, esta legislación establece las exenciones de este pago, a saber, los afectados por el síndrome tóxico y personas con discapacidad “en los supuestos contemplados en su normativa específica”, beneficiarios de rentas de integración social, pensionistas no contributivos, parados que ya no reciben subsidio de desempleo “en tanto subsista su situación”, y personas en tratamiento por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
INFOVERITAS verifica que…
El precio de los medicamentos es competencia del Estado, no de las comunidades autónomas. En concreto, la fijación de estos precios es responsabilidad de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, adscrita al Ministerio de Sanidad. Además, el porcentaje de pago de los medicamentos de los pacientes se calcula en función de la renta.
Fuentes
Documento informativo sobre la financiación y fijación de precio de los medicamentos en España