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El rey no aprueba o rechaza a un candidato a presidente del Gobierno 
Desinformación

El rey no aprueba o rechaza a un candidato a presidente del Gobierno 

Según el artículo 99 de la Constitución, el monarca, tras la ronda de consultas con los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados, designa a un candidato, en función de los apoyos.
Por Infoveritasoctubre 5, 20234 Minutos de Lectura
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En los últimos días están circulando mensajes en diferentes redes sociales que aseguran que el rey Felipe VI puede negar la investidura a Pedro Sánchez. “Felipe VI da carta de naturaleza a que Sánchez pacte con aquellos que quieren subvertir nuestro orden constitucional. Que alguien en Casa Real me explique de qué va todo esto”, se puede leer en un mensaje publicado en X, red social antes conocida como Twitter. Acompaña al mensaje un vídeo donde se puede ver a Felipe VI durante el discurso que ofreció tras la consulta del 1 de octubre de 2017. 

Sin embargo, el rey no aprueba o rechaza a un candidato a presidente del Gobierno. Según el artículo 99 de la Constitución, el monarca, tras la ronda de consultas con los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados, designa a un candidato en función de los apoyos con los que cuenta.  

Es decir, el rey nombra a un candidato, siempre teniendo en cuenta los apoyos con los que cuenta, pero no aprueba o rechaza a un candidato a la presidencia del Gobierno en función de sus preferencias personales, ideología o en función de las medidas que quiere aprobar, como podría ser una amnistía para los detenidos por la causa del procés. Así, si tras las rondas de consulta un determinado candidato cuenta con los apoyos necesarios, tiene que proponerlo. 

El rey no puede rechazar la candidatura de Pedro Sánchez 

Contrariamente a lo que aseguran los mensajes viralizados, el rey no tiene la facultad de rechazar la candidatura de Pedro Sánchez. De acuerdo al artículo 99 de la Constitución, tras la renovación de las cortes, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del presidente del Congreso, propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno en función de los apoyos con los que cuenta. 

El candidato a la presidencia debe solicitar entonces la confianza de la Cámara. Esto significa obtener el voto de la mayoría absoluta de sus miembros en la primera ronda o mayoría simple en una segunda votación 48 horas después. 

En el caso que el primer candidato propuesto por el rey no consiga los votos necesarios, como así ha sucedido con Alberto Núñez Feijóo, se pueden tramitar sucesivas propuestas. Así, según anunciaba la Casa Real en un comunicado, dispuso a Pedro Sánchez como nuevo candidato a la presidencia del Gobierno.  

Comunicado de la Casa de Su Majestad el Rey.

➡️ https://t.co/qkVMFgoVWH pic.twitter.com/YoWed76f3a

— Casa de S.M. el Rey (@CasaReal) October 3, 2023
 

Como hizo el anterior candidato, Pedro Sánchez tendrá que exponer su programa político en el Congreso de los Diputados y solicitar la confianza de la Cámara. Es decir, corresponde a los representantes si según lo anterior le otorgan o no la confianza para convertirse en presidente del Gobierno.  

Si no consigue la confianza, se pueden tramitar sucesivas propuestas en la forma prevista en el artículo 99. Pero, si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato ha obtenido la confianza del Congreso, “el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso”, estipula la Carta Magna. 

INFOVERITAS verifica que… 

El rey no aprueba o rechaza a un candidato a presidente del Gobierno como aseguran algunos mensajes publicados en redes estos días. Según el artículo 99 de la Constitución, el monarca, tras la ronda de consultas con los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados, designa a un candidato en función de los apoyos con los que cuenta. No obstante, es la Cámara Baja la que nombra o rechaza al candidato, tras una votación. 

Fuentes 

Comunicado de la Casa de S.M. el Rey una vez finalizada la ronda de consultas de los días 2 y 3 de octubre 

Perfil de Twitter de Casa Real 

Artículo 99 de la Constitución 

amnistía feijoo Felipe VI Investidura Pedro Sánchez rey Sanchez
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