El pasado domingo 23 de julio tuvieron lugar las elecciones generales. Desde entonces, en las redes sociales está habiendo polémica con diversos temas, como el recuento de los votos o el número de apoyos conseguido por cada fuerza política. Uno de los aspectos de estas elecciones que más controversia ha generado está siendo los votos por correo.
A raíz de los comicios, están circulando en Twitter mensajes como el siguiente: “El voto por correo debería estar precintado y custodiado por un organismo externo y neutral. No ha sido así en absoluto. Este descontrol se presta a irregularidades. ¿Por qué? Porque está tirado cambiar votos, y el sanchismo de Sánchez y Zapatero no tiene moral”.
El mensaje va acompañado de un breve corte de vídeo de EITB, la televisión pública del País Vasco, en el que puede verse a dos trabajadores de Correos manejando bandejas con los sobres de votación.
Las imágenes pertenecen al informativo de EITB del 23 de julio a mediodía. Parte de estas puede verse a partir del minuto 23:06 al 24:32. El noticiario íntegro está disponible en la web de la televisión pública vasca.
Publicaciones como esta están alcanzando una gran repercusión en redes sociales y suscitan varias preguntas. ¿Cuál es el proceso desde que se depositan los votos por correo? ¿Qué papel tiene Correos en este procedimiento? Aquí te damos todas las claves.
Esto se hace con los votos por correo
Desde INFOVERITAS nos hemos puesto en contacto con el departamento de prensa de Correos para comprobar cómo es el proceso desde que se ejerce el derecho al voto a distancia. La entidad explica que cuando los ciudadanos depositan sus votos en las oficinas de Correos, los sobres se llevan en bandejas precintadas y por un circuito exclusivo y diferenciado a los centros logísticos para su clasificación y envío a la unidad de reparto correspondiente a cada mesa electoral destinataria.
Desde la corporación pública se “custodian debidamente todos los votos, aplicando todas las medidas de seguridad establecidas”, hasta el momento en se entregan durante la primera hora de la jornada electoral al presidente de la mesa correspondiente, afirman. Asimismo, apuntan que cualquier envío relativo al voto por correo, como solicitudes, documentación electoral o el voto emitido, se registra individualmente en los sistemas de Correos, “lo que permite su trazabilidad completa e impide su manipulación”, concluyen.
Ante la consulta de INFOVERITAS, el departamento de Correos ha remitido una nota de prensa en la que se destaca que la empresa está encargada de entregar los votos por correo en las mesas electorales. En el momento de la apertura de los colegios, una primera avanzadilla de empleados de la empresa postal entrega los sobres bajo su tutela en las mesas de todo el país.
Posteriormente, otros empleados hacen llegar a las mesas electorales los votos por correo que se hayan recibido durante el día de las elecciones, apuntan en el mencionado comunicado. Por último, un último grupo de trabajadores realiza la recogida, a la conclusión de la jornada, en cada mesa, de un tercer sobre con una copia del acta del escrutinio. Correos se encarga “de la custodia de dichos sobres y de su posterior entrega en las Juntas Electorales correspondientes”.
Así se juntan todos los sobres
El portal Infoelectoral, del Ministerio del Interior, recoge los pasos que se siguen a la hora de sumar los votos por correo a los que se han depositado de forma presencial. De esta forma, el mismo día de la jornada electoral, al cierre de los colegios, a las 20h, “una vez que haya votado el último elector” en la mesa se introducen, en la urna correspondiente, los sobres con el voto por correo.
Así, el primer paso es abrir de uno en uno los sobres que se han entregado al presidente de la mesa y comprobar que van con el certificado de inscripción en el censo del elector y los votos. Seguidamente, se comprueba que votante está registrado en el censo de la mesa y se introduce el sobre en la urna que corresponda. Y, por último, se anota al elector en la lista de votantes.
¿Cómo puedo votar desde el extranjero?
De acuerdo con la información del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, para poder votar, en este caso, en las elecciones generales, había que estar inscrito en el censo de electores. Aquí se abren dos posibilidades: los españoles que residan en el extranjero han de estar registrados en el Registro de Matrícula Consultar, al cargo de las oficinas consulares de España, y en el censo de electores residentes ausentes (voto CERA); y los españoles residentes en España pero que se encuentran temporalmente en el extranjero tendrán que figurar en el censo electoral de españoles residentes en España (voto ERTA).
En el caso del voto CERA, este mismo ministerio explica que una vez se está inscrito como residente en el consulado se debe comprobar si se figura en las listas del censo de la sede electrónica del INE o en las disponibles en la oficina consultar. Si, efectivamente, se está en el censo, se recibirá en el domicilio la documentación y se pueden descargar las papeletas. Cuando las candidaturas están aprobadas, se reciben igualmente por correo postal las papeletas y, así, se puede votar por correo en la oficina consular o presencialmente en estas mismas ubicaciones.
En el caso del voto ERTA, hay que darse de alta como residente, cumplimentar el impreso de solicitud de documentación electoral y enviarlo mediante la oficina consular. De esta forma, se recibe en el domicilio, por correo postal, la documentación electoral y se vota por correo.
¿Qué se hace con estos votos?
La web de Exteriores especifica que un funcionario del consulado sella el sobre y lo firma por detrás antes de depositarlo en la urna. Además, el precinto y el desprecinto de las urnas en el consultado se hace públicamente, igual que el recuento de los votos. Las juntas electorales toman medidas para evitar que nadie vote dos veces.
Los votos son emitidos a España por valija diplomática inmediatamente. La junta electoral es la encargada de abrir los sobres con los votos y hace constar en acta el voto que se recibe, desglosado por consulados, destacan desde el ministerio.
La nota de prensa remitida por Correos a INFOVERITAS especifica, además, que la empresa se encarga de recoger las bandejas que contienen la documentación CERA, que se encuentran “debidamente cerradas y precintadas, y que son custodiadas hasta su entrega en ese mismo estado íntegro” en las juntas electorales correspondientes.
Además, en el caso de los españoles residentes en España y que se encuentren en el extranjero (voto ERTA), Correos conserva, hasta la jornada electoral, la correspondencia dirigida a la mesa y la trasladará desde las 9h hasta las 20h del día de las elecciones a cada mesa correspondiente, especifican desde Correos.
Fuentes
Consulta al departamento de prensa de Correos
Nota de prensa remitida por Correos
Informativo de mediodía de EITB
Web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación