Francina Armengol, presidenta del Congreso de los Diputados, anunció el 23 de agosto que Alberto Núñez Feijóo, líder del PP, será el candidato a la presidencia del gobierno. El debate de investidura se celebrará los próximos días 26 y 27 de septiembre, de acuerdo con lo expuesto por la Cámara Baja en su perfil oficial de la red social Twitter. El nombramiento del candidato le corresponde al rey, a través de, en este caso, la presidenta del Congreso, según el artículo 99 de la Constitución.
🗓️ La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, anuncia que el 26 y 27 de septiembre se celebrará la #SesiónDeInvestidura de Alberto Núñez Feijóo.
— Congreso (@Congreso_Es) August 23, 2023
📝 Nota de prensa: https://t.co/z7IkTslLXM
📸 Fotonoticia: https://t.co/IOaP984rUe pic.twitter.com/9b4avKq5af
Así, la Casa Real emitió el día 22 de agosto un comunicado en el que informaba de la designación de Feijóo como candidato. Este nombramiento se produjo tras la ronda de consultas con los representantes elegidos en el Hemiciclo, que tuvo lugar el 21 y el 22 de agosto.
A raíz de la elección del líder del PP como candidato a presidente del Gobierno en el debate de investidura, Pablo Echenique, diputado de Podemos en las dos últimas legislaturas, según informan desde la web del Congreso, publicó en su perfil de Twitter el siguiente mensaje: “Felipe VI ha encargado la investidura a Feijóo, que tiene, como mucho, 172 votos a favor y, seguro, 178 en contra. Como veníamos advirtiendo y es tradición familiar, el Borbón ha borboneado… y el borboneo siempre cae en la misma dirección, claro: hacia la derecha” (sic).
Felipe VI ha encargado la investidura a Feijóo, que tiene, como mucho, 172 votos a favor y, seguro, 178 en contra.
— Pablo Echenique (@PabloEchenique) August 22, 2023
Como veníamos advirtiendo y es tradición familiar, al final, el Borbón ha borboneado… y el borboneo siempre cae en la misma dirección, claro: hacia la derecha. pic.twitter.com/RzKvvRwZkN
Ante la polémica generada en redes sociales, desde INFOVERITAS damos todas las claves del papel que tiene el rey en la designación del candidato a la presidencia del Gobierno.
El papel del rey en la designación de un candidato a la presidencia está regulado en la Constitución
La labor del jefe del Estado en el nombramiento del candidato a la presidencia del gobierno en el debate de investidura está estipulada en el artículo 99 de la Constitución. Este apartado de la Carta Magna establece que el rey, a través de, en este caso, la presidenta del Congreso de los Diputados, propone a un candidato a la presidencia del gobierno. Esto se lleva a cabo una vez concluida la ronda de consultas con el monarca y “después de cada renovación” de la Cámara Baja. Es decir, al comienzo de todas las legislaturas.
Como ya explicamos en INFOVERITAS en este artículo, el candidato propuesto por el rey “solicitará la confianza de la Cámara”, regula la Carta Magna. Es decir, somete a votación en el Congreso su programa, y son los diputados quienes eligen votar sí o no a su candidatura. La votación tiene que ganarse por mayoría absoluta, esto es, 176 de los 350 escaños que conforman el Congreso, según el artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
En caso de que no se produzca esta mayoría absoluta, el mismo candidato se somete a otra votación, 48 horas después, y será investido presidente si alcanzara la mayoría simple: más síes que noes. Si tampoco saliera un presidente de esta segunda sesión, se tramitarían otras propuestas.
Si ningún candidato ha logrado ser investido en el plazo de dos meses, el rey disolvería las Cortes y se convocarían nuevas elecciones.
Así, el papel del rey en la designación del candidato está regulado por la Constitución. El jefe del Estado nombra al candidato, que ha de solicitar la confianza del Congreso para lograr ser investido presidente.
¿Qué dice la Casa Real?
El 22 de agosto, el rey Felipe VI propuso a Alberto Núñez Feijóo como candidato a la presidencia del gobierno en el debate de investidura, que se celebrará los próximos 26 y 27 de septiembre. En un comunicado publicado en la web de la Casa Real se exponen los argumentos del jefe del Estado para su decisión.
En primer lugar, y tras la presentación de los grupos políticos con representación en el Hemiciclo de sus apoyos parlamentarios al rey, Feijóo ha hecho saber al monarca su “disposición a ser candidato al proceso de investidura” como presidente del gobierno. Además, añaden que el PP, partido de Feijóo, ha sido la fuerza que más escaños ha logrado en las últimas elecciones generales, celebradas el 23 de julio.
De esta forma, desde la Casa Real destacan que a excepción de la XI Legislatura, “en todas las elecciones generales celebradas desde la entrada en vigor de la Constitución, el candidato del grupo político que ha obtenido el mayor número de escaños ha sido el primero en ser propuesto por Su Majestad el Rey como candidato a la Presidencia del Gobierno. Esta práctica se ha ido convirtiendo con el paso de los años en una costumbre”.
Así, durante la ronda de consultas con Felipe VI no ha habido constancia, en la actualidad, de “la existencia de una mayoría suficiente para la investidura que, en su caso, hiciera decaer esta costumbre”, concluyen.
¿Cómo será la sesión de investidura?
Los artículos 170 y 171 del Reglamento del Congreso de los Diputados ponen de manifiesto que, una vez se recibe la propuesta del candidato, la presidenta del Hemiciclo convoca el pleno, que se inicia con uno de los secretarios leyendo dicha propuesta.
El candidato, en este caso, Alberto Núñez Feijóo, podrá exponer su programa político, sin límite de tiempo, para solicitar la confianza de los diputados. Y, una vez concluido el tiempo de interrupción estipulado por la presidenta del Congreso, a saber, Francina Armengol, podrá intervenir, durante 30 minutos, un representante de cada grupo parlamentario que lo pida.
Durante el debate de su investidura, que tendrá lugar el 26 y el 27 de septiembre, el líder del PP “podrá hacer uso de la palabra cuantas veces lo solicitare”. Cuando se trate de una contestación individual a uno de los parlamentarios que intervengan, “tendrá derecho a réplica” durante diez minutos. “Si el candidato contestare en forma global a los representantes de los Grupo Parlamentarios, éstos tendrán derecho a una réplica de diez minutos”, queda recogido en el reglamento.
La presidenta del Congreso fija la hora de la votación. Y, en caso de que el candidato obtenga la mayoría por los procedimientos fijados en el artículo 99 de la Constitución, también se lo trasladará al rey, para el nombramiento como presidente del gobierno del diputado escogido.
Fuentes
Perfil oficial de Twitter del Congreso de los Diputados
Página de Pablo Echenique en el Congreso de los Diputados
Perfil oficial de Twitter de Pablo Echenique
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
Artículos 170 y 171 del Reglamento del Congreso de los Diputados