¿Qué está pasando con los nuevos tapones que algunas marcas han incorporado a sus botellas? Este nuevo formato ha abierto debate en redes sociales, donde algunos consumidores están criticando el cambio.
Central Lechera Asturiana fue una de las primeras compañías en modificar el cierre de sus envases, amparándose en el “ecodiseño”, pero, también Coca-cola ha incorporado uno similar a sus refrescos embotellados en recipientes de plástico, para “reciclarlos juntos”.
“Estamos en enero, pero yo ya tengo el premio al invento inútil del año. Los nuevos tapones de las botellas de Coca Cola”, se queja un usuario en Twitter. “Os habéis lucido, que manera de complicar la vida a los clientes. Cuando termine el pedido comprado, me pasaré a otra marca”, responde otro a un tuit de Central Lechera Asturiana.
Quizá el diseño no guste a todos, pero no se trata de un complot de las marcas para enfadar a los clientes, sino de una adaptación para cumplir con la legislación europea que regula el impacto de los productos de plástico sobre el medio ambiente y al que tendrán que acogerse todos los fabricantes.
Las marcas se están adaptando a la Directiva (UE) 2019/904
El 5 de junio de 2019 se aprobó la Directiva europea 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente. En esta normativa, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea consideran que “las tapas y tapones de plástico utilizados en recipientes para bebidas de plástico son algunos de los artículos de plástico de un solo uso que más se encuentran en las playas de la Unión”.
Por ello, en el artículo 6 de la citada Directiva establecen que solo será posible introducir en el mercado estos envases (de hasta los 3 litros de capacidad) si “las tapas y los tapones permanecen unidos al recipiente durante la fase de utilización prevista de dicho producto”.
Además, en el Artículo 17, establecen que los Estados miembro deben aplicar las medidas necesarias para dar cumplimiento a esta Directiva. En concreto, para aplicar el artículo 6, fija el plazo en el 3 de julio de 2024.
La legislación española acata la Directiva de la Unión Europea
De acuerdo con esta Directiva aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, el Gobierno de España ha tenido que ajustar su legislación a los nuevos requisitos pautados.
El pasado 8 de abril se aprobó la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y en el preámbulo de dicha norma se indica que “tiene por objeto incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la citada directiva” europea.
Así, el artículo 57 es el que hace referencia a esos envases de plástico de un solo uso y establece que “a partir del 3 de julio de 2024, solo se podrán introducir en el mercado los productos de plástico de un solo uso enumerados en la parte C del anexo IV cuyas tapas y tapones permanezcan unidos al recipiente durante la fase de utilización prevista de dicho producto”.
Esos envases, mencionados en el anexo IV, son: “Recipientes para bebidas de hasta tres litros de capacidad, es decir, recipientes utilizados para contener líquidos, como las botellas para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los envases compuestos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones”.
Fuentes
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
Página web de Central Lechera Asturiana, ‘Nuestros envases’
Canal de YouTube de Coca-cola, ‘Tapones unidos – Juntos reciclamos mejor’