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No han prohibido las patatas fritas sabor jamón: esto es lo que dice la UE 
Explicativos

No han prohibido las patatas fritas sabor jamón: esto es lo que dice la UE 

Los amantes de las patatas sabor jamón pueden estar tranquilos, pues no desaparecerán. Eso sí, los fabricantes tendrán que adaptar sus productos 
Por Infoveritasagosto 1, 20245 Minutos de Lectura
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En los últimos días es frecuente leer en los medios de comunicación que la Unión Europea ha prohibido las patatas fritas con sabor jamón. Sin embargo, esto no es de todo cierto, pues tal y como ha aclarado la propia Comisión Europea, se podrán seguir fabricando patatas sabor jamón, pero con algunos matices. 

Dada la situación, cabe preguntarse por las claves que rodean esta nueva normativa europea y entender cuál es la situación actual de los productos con sabor a ahumado. Desde INFOVERITAS te las ofrecemos a continuación.  

¿La UE ha prohibido las patatas fritas con sabor a jamón? 

No. Lo que ha ocurrido es que la Comisión Europea ha revocado la autorización de algunos saborizantes que se utilizan para conseguir ese sabor ahumado característico, no solo en las patatas fritas con sabor a jamón, sino también en otros muchos productos.  

En realidad, se han prohibido algunos aditivos de aroma ahumado utilizados para su producción. Esto quiere decir que una receta que no los incluya estos se podrá seguir fabricando. 

¿Cuánto tiempo tendrán los productores para adaptarse a esta nueva situación? 

Tal y como ha aclarado la propia Comisión Europea en su perfil de X, los productores contarán con estos plazos: 

  • Cinco años para los productos alimenticios en los que los aromas de humo sustituyen a un proceso de ahumado convencional. Por ejemplo: jamones, pescado y quesos. 
  • Dos años en los que los aromas ahumados se utilizan para “añadir” sabor. Por ejemplo: sopas, patatas fritas y salsas. 

¿Por qué ahora? 

Aunque las noticias se han publicado en los medios de comunicación los últimos días, esta información se conoce desde abril de 2024. En concreto, desde el día 24, que es cuando la Comisión Europea publicó el comunicado.  

En dicho artículo se detalla la aprobación de los Estados miembros de una propuesta de no renovar la autorización de ocho aromas de humo para uso alimentario. “Tras un periodo de eliminación progresiva, estos aromas ya no estarán autorizados para su uso en la UE”, explican. 

Al mismo tiempo, informan de que esta decisión está motivada por evaluaciones científicas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés), que concluyó que, “en el caso de los ocho aromas de humo evaluados, los problemas de genotoxicidad se confirman o no se pueden descartar”. 

¿Qué otros productos están afectados? 

En noviembre de 2023, la EFSA publicó un dictamen científico sobre la seguridad de ocho aromas de humo en el mercado de la UE, cuya autorización debía renovarse, de acuerdo con la legislación aplicable. 

Con base en la evidencia científica disponible, los expertos no pudieron descartar preocupaciones con respecto a genotoxicidad para cualquiera de los ocho sabores de humo, que son: SF-001 “proFagus Smoke R714” (previously named “Scansmoke PB 1110”); SF-002 “Zesti Smoke Code 10; SF-003 “Smoke Concentration 809045”; SF-004 “Scansmoke SEF7525”; SF-005 “SmokeEx C-10”; SF-006 “SmokEz Enviro-23”; SF-008 “proFagus Smoke R709” y SF-009 “Fumokomp Conc.” (previously named “Fumokomp”).  

Aunque estos nombres nos pueden sonar poco familiares, son los saborizantes ahumados que se les dan a algunos jamones, pescados como el salmón, quesos, sopas y salsas, aparte de las patatas fritas.  

¿Cómo influye esa decisión? 

No obstante, tal y como explica la nutricionista Beatriz Robles en su perfil de X, este dictamen debe traducirse ahora en una decisión de la Comisión Europea. “La EFSA emite su dictamen científico, pero no legisla ni revoca la autorización: el dictamen es la base sobre la que la Comisión Europea toma la decisión legal”, matiza. 

Siguiendo la explicación de la nutricionista, la Comisión Europea aún no ha tomado una decisión sobre la renovación y, de acuerdo el Reglamento 2065/2003, si no se ha tomado una decisión un mes antes de la fecha de expiración de la autorización, dicha autorización se prorrogará seis meses; en este caso, ha sido el 30 de junio de 2024. 

Sin embargo, tal y como explicamos anteriormente, en abril hubo una reunión en la Comisión Europea en la que se votó favorablemente a la revocación de uso con un periodo transitorio. No obstante, “hasta que se transfiera a la legislación”, recuerda Robles, “se aplica una nueva prórroga de 6 meses para todos estos aromas, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2024”. 

¿Cómo reducir los riesgos de comer productos ahumados? 

Aunque la EFSA no ha investigado la posibilidad de que se produzcan efectos nocivos como resultado del consumo de alimentos aromatizados ahumados. Sin embargo, cabe señalar que la autoridad europea de seguridad alimentaria adopta un enfoque conservador en sus evaluaciones, “lo que significa que consideramos los peores escenarios posibles para estimar los peligros y los riesgos”, informan. 

“Una dieta equilibrada generalmente reduce la probabilidad de exposición a los riesgos alimentarios”, añaden. “Equilibrar la dieta con una amplia variedad de alimentos, por ejemplo, carne, pescado, verduras, podría ayudar a los consumidores a reducir su consumo de sustancias nocivas». 

Fuentes 

Noticia de la Comisión Europea 

Cuenta de X de la Comisión Europea 

Reglamento (CE) n.º 2065/2003 

Dictamen de la EFSA 

Perfil de X de nutricionista Beatriz Robles 

alimentación Comisión Europea jamón patatas prohibición UE
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