Ayer tuvo lugar el debate final por las elecciones generales del 23 de julio. Organizado por RTVE, en el encuentro participaron Pedro Sánchez, presidente del Gobierno y candidato del PSOE a estos comicios; Yolanda Díaz, candidata de Sumar; y Santiago Abascal, candidato de Vox. Alberto Núñez Feijóo, candidato del PP, no acudió a este foro. El debate estuvo dividido por bloques temáticos, uno de los cuales estuvo dedicado a la economía. Dentro de este apartado, uno de los puntos que se sacaron a colación fue las medidas laborales que incluye el programa de Vox, entre ellos, las huelgas. El debate íntegro se encuentra disponible en la web de RTVE.
En este contexto, Díaz dijo lo siguiente, a partir de minuto 20:17: “¿Sabe lo que dice en su programa usted, señor Abascal? Que me lo he estudiado muy bien”, comenzaba. La candidata de Sumar nombró, durante su intervención, que uno de los puntos del programa electoral de Vox “es prohibir las huelgas”.
Sin embargo, esto es falso. En ningún apartado del programa electoral de Vox se recoge la prohibición de las huelgas.
El programa electoral de Vox no dice que el partido vaya a prohibir las huelgas
En ningún punto del programa electoral de Vox se especifica la prohibición de las huelgas. El documento, que se encuentra disponible en su página web, hace dos menciones a las huelgas, pero en ninguna se refiere a una supresión de estas.
En este sentido, la primera referencia a las huelgas se encuentra en el punto 31 del programa electoral de esta fuerza política. Este apartado dice: “Promoveremos el empleo estable, duradero y de calidad mediante la reducción de las cotizaciones a las empresas que contraten a trabajadores españoles de manera indefinida, bonificando al 100% los nuevos empleos creados durante el primer año para cualquier edad, y al 50% en el segundo año. Garantizaremos efectivamente el derecho al trabajo prohibiendo las acciones coactivas en las huelgas políticas”.
La segunda referencia se encuentra en un apartado de recopilación de acciones que ha emprendido Vox en lo relativo al empleo. La segunda de estas acciones es una proposición de Ley Orgánica, emitida en abril de este año, “para la protección de los derechos constitucionales de los trabajadores y reforzando las penas contempladas en el Código Penal para los hechos delictivos cometidos contra los trabajadores”.
De acuerdo con lo expuesto en el programa electoral, dicha proposición “incluía también la eliminación de los planes de igualdad en las empresas, el castigo de los piquetes de huelga, la reforma de los convenios colectivos de empresa o la protección del uso del español como lengua vehicular en todo el territorio nacional en el ámbito laboral”.
Por lo tanto, Vox no propone prohibir las huelgas, sino castigar los piquetes y suprimir las “acciones coactivas”.
¿Qué propuso Vox en abril de 2023?
Según lo expuesto en esta nota de prensa del 18 de abril, disponible en la web de Vox, el partido propuso “retomar la penalización” de los piquetes violentos. En este comunicado se hace referencia a la Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril, de derogación del artículo 315 apartado 3 del Código Penal.
Dicho apartado del Código Penal, en vigor desde el 1 de julio de 2015 hasta el 24 de abril de 2023, con la mencionada ley orgánica, decía lo siguiente: “Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coacciones a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses.
INFOVERITAS verifica que…
Es falso que el programa electoral de Vox incluya la prohibición de las huelgas, como afirmó Yolanda Díaz, candidata de Sumar a las elecciones generales del 23 de julio, durante el debate final organizado por RTVE. El documento hace dos menciones a las huelgas, pero referidas al castigo de los piquetes y a la supresión de las “acciones coactivas”, no a la eliminación de los paros laborales.
Fuentes
Programa electoral de Vox, en su web
Nota de prensa de Vox, del 18 de abril
Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril, de derogación del artículo 315 apartado 3 del Código Penal
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, artículo 315 apartado 3