Estos días se ha viralizado en Twitter el siguiente mensaje con datos de mujeres víctimas de violencia de género y agresiones sexuales: “Antes de Irene Montero como ministra de Igualdad: Agresiones sexuales (2018): 1878. Mujeres fallecidas por VG : 47. Después de Irene Montero: Agresiones sexuales (2022): 2870. Mujeres fallecidas por VG : 49. Información, no opinión” (sic).
Sin embargo, esto es falso. Si bien los datos de 2022 son correctos, los de 2018 no son los oficiales ni de violencia de género ni de agresiones sexuales.
Los datos de mujeres víctimas de violencia de género que ofrece el tuit viralizado para 2018 no son correctos
De acuerdo con los datos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género en 2018 hubo 53 mujeres víctimas de esta lacra, no 47. Este mismo organismo sitúa la cifra en 49 en 2022, igual que la que ofrece el tuit viralizado.
No obstante, cabe destacar que la cifra de 2022 es la mínima de la serie histórica, que cuenta con registros desde 2003, junto con 2021 y 2016. Y también que Irene Montero es ministra de Igualdad desde enero de 2020, de acuerdo con la información publicada por Moncloa. Ese año hubo 50 asesinadas por violencia de género.
Tampoco son correctos los datos de agresiones sexuales de 2018
De forma paralela, el dato de agresiones sexuales de 2022 que ofrece el mensaje viral, 2.870, concuerda con la cifra expuesta en el Balance trimestral de criminalidad del cuarto trimestre de 2022, del Ministerio del Interior, para el tipo penal de agresión sexual con penetración.
Sin embargo, el dato de 2018, 1.878, es incorrecto. Según el Informe sobre delitos contra la libertad e indemnidad sexual de 2021, igualmente del Ministerio del Interior, en 2018 hubo 1.700 casos del tipo penal agresión sexual con penetración.
Aquí cabe señalar que el informe recoge también el tipo penal agresión sexual, que en 2018 registró 1.917 casos. En la metodología de este documento se especifica que, para la recopilación estadística, se han considerado los artículos 178 y 183.2 del Código Penal para las agresiones sexuales y el 179 para las agresiones sexuales con penetración.
¿Qué dice el Código Penal?
El artículo 178 del Código Penal regula las penas de presión para los responsables de realizar “cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.
También establece que se considerará agresión sexual “los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad”.
Por otro lado, el artículo 183.2 del Código Penal se refiere a los contactos con menores de 16 años por vía de internet, telefónica o “de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación” y que se realicen “actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor”.
INFOVERITAS verifica que…
Es falso que en 2018 hubiera 47 mujeres víctimas de violencia de género y 1.878 de agresiones sexuales, como afirmaba el tuit viralizado que, por otra parte, ofrecía datos correctos de 2022. Los números oficiales de 2018 son de 53 y 1.700, respectivamente.
Fuentes
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
Balance trimestral de criminalidad del cuarto trimestre de 2022
Informe sobre delitos contra la libertad e indemnidad sexual de 2021