“Aviso Importante. Hemos detectado una multa de tránsito no pagada en nuestro sistema. Recientemente, intentamos comunicarnos al número telefónico: xxx xx xx xx sin obtener respuesta. Es importante que se ponga en contacto con nosotros a la mayor brevedad. Para obtener más información y verificar los detalles de la multa, haga clic en el siguiente enlace” (sic).
Si recibes este SMS con el logo del Ministerio del Interior con una notificación de multa no pinches en el enlace, porque es un caso de phishing para robar tus datos bancarios. Así lo avisa la Dirección General de Tráfico (DGT) en su perfil de Twitter. La DGT recuerda que nunca avisa por SMS de las infracciones. Las notifica mediante correo postal o a través de la dirección electrónica vial (DEV), siempre y cuando el usuario se haya dado de alta en este sistema de notificaciones.
De nuevo, mensajes con multas falsas de la #DGT. ¡No piques! ¡Elimínalos!
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) September 12, 2023
📌DGT solo comunica las sanciones por correo postal o a través de la Dirección Electrónica Vial #DEV, si estás dado de alta en este sistema de notificaciones electrónicas. pic.twitter.com/hUnRZY5crN
Cómo te la intentan colar
En esta ocasión, los ciberdelincuentes suplantan la identidad del Ministerio del Interior para avisar que hay una multa de tránsito no pagada con el nombre de la víctima. Para proceder al pago, instan al usuario a clicar un enlace que supuestamente redirige a una página web en la que se puede realizar el pago de la deuda.
Sin embargo, la URL redirecciona a una página web falsa que nada tiene que ver con la oficial del organismo (https://www.dgt.es/inicio/). En ese momento, los ciberdelincuentes se hacen con los datos bancarios de la víctima.
El ministerio de Interior no se encarga de cobrar las multas no pagadas
Según se enumera en la página web de la DGT, las autoridades competentes para sancionar en materia de tráfico en España son las siguientes: la Dirección General de Tráfico (DGT), los ayuntamientos y las comunidades autónomas con competencias, a saber, Cataluña, a través del Servicio Catalán de Tráfico; País Vasco, a través de su Dirección de Tráfico; y Navarra.
“Dependiendo de la vía y del tipo de infracción de la multa la autoridad competente para multarte puede cambiar. Recuerda que, para gestionar una multa, debes dirigirte siempre al organismo que te la haya impuesto”, indica la entidad.
La principal vía de contacto para avisar al conductor es el correo postal certificado o la Dirección Electrónica Vial (DEV). No obstante, para recibir las notificaciones por esta última vía el usuario debe de haberse dado de alta con anterioridad.
Una vez que el conductor ha comprobado que la multa ha sido impuesta por la DGT, tiene un plazo voluntario de 20 días naturales, que comienzan a contar desde que se recibió la notificación, para pagar o recurrir en el caso de que el conductor no esté conforme. Una vez ha finalizado este plazo, si la multa no ha sido abonada, pasa a tramitarse por procedimiento ordinario. En ese caso, hay un plazo de 45 días naturales. Finalizado ese tiempo, es la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la que se encargará de cobrarla con un recargo del 20% y no el Ministerio del Interior, como sugiere el mensaje.