Alberto Núñez Feijóo afirmó en el programa Hoy por Hoy que dirige Aimar Bretos en Cadena SER del 23 de octubre de 2023 que el salario mínimo Interprofesional (SMI) tributa en el IRPF. En concreto, el líder popular dijo en torno al minuto 25: “El Gobierno ha hecho un buen negocio subiendo el salario mínimo. Quien más dinero de los trabajadores se ha llevado ha sido el Gobierno. El Gobierno obligó a las empresas a subir el salario, las cotizaciones, cuando ese trabajador recibe más salario muchas veces supera la tarifa del IRPF que venía pagando y cotiza más”. Aquí puedes ver la entrevista completa.
Sin embargo, esto es engañoso. El salario mínimo no está exento de IRPF, pero en la práctica no tributan. Existe una deducción para que los trabajadores que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no tengan que pagar IRPF.
El salario mínimo no está exento de IRPF, pero lo devuelve Hacienda
Las palabras de Feijóo sobre el salario mínimo y la tributación de IRPF no son correctas. Si bien es cierto que el salario mínimo, situado en 17.094 euros brutos, no está exento de pagar IRPF, en la práctica lo devuelve Hacienda, según lo establecido en el Real Decreto 5/2026. Es decir, La ley no prevé una exención en el pago de nóminas, sino en la devolución. Esto significa que aunque el diseño del impuesto pretende que quienes cobran el SMI no soporten una carga fiscal efectiva, la empresa puede estar obligada a practicar retenciones en nómina conforme a las tablas vigentes.
Ahí reside el punto clave. Aunque por norma general los contribuyentes con un solo pagador que obtengan rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales no tienen obligación de declarar, en este caso el trabajador sí debe presentar la declaración de la renta si desea recuperar las retenciones practicadas en su nómina. En definitiva, aunque el Estado recaude provisionalmente mes a mes, Hacienda acaba devolviendo íntegramente dicho importe al ajustar la liquidación anual.
Esta reducción no es exclusiva de las rentas mínimas: también beneficia a los sueldos ligeramente superiores al SMI, hasta un límite de 20.048,45 euros anuales. No obstante, el importe de la deducción disminuye de forma progresiva a medida que aumentan los ingresos del trabajador, hasta extinguirse al alcanzar dicho umbral.
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El salario mínimo no está exento de IRPF, pero en la práctica no tributan. Existe una deducción para que los trabajadores que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no tengan que pagar IRPF.
Fuentes
Entrevista a Feijóo en el programa Hoy por Hoy del 23 de octubre de 2026
YouTube del Ministerio de Hacienda
Página web de Moncloa con información sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
