La DANA que golpeó la Comunidad Valenciana y otras regiones españolas ha desencadenado una respuesta de solidaridad ciudadana. Un gran número de ciudadanos se ha lanzado a donar alimentos, ropa y dinero. Ese contexto también ha desencadenado una ola de desinformación en redes sociales. Por ejemplo, algunos usuarios aseguran que el dinero que se dona a las ONG no llega a los afectados porque se pierde en impuestos
Sin embargo, esto es falso. De acuerdo con lo que recoge la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, las donaciones quedan exentas del pago de impuestos debido a que persiguen fines calificados de interés general.
Es falso que las ONG paguen impuestos por las donaciones que reciben
Contrariamente a lo que se asegura en algunos mensajes sobre el dinero que se dona a las asociaciones sin ánimo de lucro y los impuestos, estas entidades no pagan impuestos por las donaciones que reciben. Así lo estipula la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo en su artículo 6. Dicho punto señala que “están exentas del Impuesto sobre Sociedades las siguientes rentas obtenidas por entidades sin fines lucrativos”.
Así también lo recoge la asociación Ayuda en Acción, que en su página web recuerda que las ONG (entidades sin ánimo de lucro), están sometidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. “Por ello, las donaciones y sucesiones realizadas por testamento solidario o donación en vida no están sujetas al impuesto de sucesiones y donaciones y quedan exentas de su pago debido a que persiguen fines calificados de interés general, como la cooperación al desarrollo o la asistencia social, entre otras”.
INFOVERITAS verifica que…
Las donaciones a asociaciones sin ánimo de lucro no tributan impuestos. Según lo que recoge la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, las donaciones quedan exentas del pago de impuestos debido a que persiguen fines calificados de interés general.
Fuentes
Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo