Si no has usado alguna vez plataformas como Wallapop o Vinted para vender tus artículos de segunda mano, seguramente hayas escuchado hablar de ellas. En los últimos años, estas aplicaciones se han convertido en la solución perfecta para quienes desean deshacerse de cosas que ya no necesitan mientras ganan un dinero extra.
Actualmente, la venta de artículos usados en estas aplicaciones está causando polémica tras conocerse que Hacienda está multando a sus usuarios. ¿Qué pasos se deben seguir para evitar sanciones? ¿Multan a todas las personas por igual? En INFOVERITAS hemos consultado con el Ministerio de Hacienda las dudas más frecuentes para protegerte de sorpresas desagradables.
Normativa de la venta de bienes de segunda mano
En los últimos días es frecuente leer noticias que informan de que Hacienda ya ha empezado a mandar las primeras multas a los usuarios de las plataformas de venta de productos, como Wallapop o Vinted (ver noticia 1, noticia 2). A este respecto en INFOVERITAS hemos consultado a Hacienda el número de multas que han emitido hasta ahora, pero el organismo ha preferido no facilitar esos datos por el momento. En cualquier caso, hay ciertos matices que es necesario aclarar.
En primer lugar, cabe decir que, desde enero de 2024, a través del Real Decreto 117/2024, en España está en vigor la transposición de la Directiva europea DAC7 (Directiva 2021/514) que obliga a aplicaciones donde se producen transacciones entre particulares, como Wallapop o Vinted, a informar de ciertas ventas que cumplan una serie de requisitos.
Esta normativa conlleva dos tipos de obligaciones:
- Por un lado, de aplicar las normas y procedimientos de diligencia debida por parte de los “operadores de plataforma obligados a comunicar información” sobre los “vendedores” que utilizan las plataformas digitales con el fin de la obtención de determinada información de estos “vendedores”, que luego será declarada a la administración tributaria española.
- Por otro lado, una vez obtenida y verificada la información por el operador, este tiene la obligación de declararlo ante la administración tributaria española, tal y como se especifica en una nota de prensa publicada a finales de enero de 2024 por el Ministerio de Hacienda.
Entonces, ¿todos los usuarios han de informar a Hacienda de sus ventas?
Hacienda asegura que no es necesario. Así lo ha aclarado a INFOVERITAS, además de en su perfil de Facebook. No obstante, el organismo insiste en que la plataforma que se use deberá enviar los datos de tus operaciones a la administración correspondiente. ¿Siempre? No, solo en caso de que cumplas una de estas condiciones:
- 2.000€ de ingresos al año
- 30 operaciones al año
Sobre qué deben informar a Hacienda
El Real Decreto explica que se debe informar respecto de las denominadas “actividades pertinentes”. Se consideran como tales, según matizan desde Hacienda en su nota de prensa:
- El arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles.
- Los servicios personales.
- La venta de bienes.
- El arrendamiento de cualquier medio de transporte.
“En concreto”, subrayan, “deberán comunicar diversos datos relativos a las operaciones en las cuales intermedian tales como identificación de los operadores de plataforma y vendedores; actividades desarrolladas por estos; contraprestación e identificación de las cuentas financieras utilizadas para el cobro; tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador, entre otros datos”.
¿Cómo declarar las ventas de segunda mano?
Estos datos se tienen que declarar durante el mes de enero siguiente al año natural posterior a aquel en el que el vendedor haya sido identificado como “vendedor sujeto a comunicación de información”. No obstante, la declaración a presentar durante el año 2024 respecto del año natural 2023 tendrá un plazo específico de dos meses desde que entre en vigor la orden reguladora del modelo de declaración.
¿Y si vendo mi producto a un precio menor del adquirido?
Si has vendido tu artículo por menos dinero del que pagaste por él, no tienes que pagar IRPF. Hacienda aclara: “En la mayoría de los casos, no habrá que pagar IRPF si no has obtenido ganancias con tu venta”. Por poner un ejemplo: si compraste una bicicleta por 400€ y ahora la vendes por 250€, para la Agencia Tributaria has perdido 150€ y por tanto no tienes que pagar IRPF.
En caso de que sucediera al revés, indican desde Hacienda en respuesta a INFOVERITAS, sería una ganancia patrimonial por el beneficio, como cualquier ganancia. Sin embargo, añaden, “es muy raro que vendas algo usado por más valor del que lo compraste, así que es muy raro que tengas que pagar impuestos de ámbito estatal por ello”.
¿Habrá sanciones para el vendedor?
No. En cualquier caso, las habría para la plataforma por no haber informado de la transacción, siempre y cuando cumpla con las características anteriormente explicadas.
Fuentes
Nota de prensa del Ministerio de Hacienda
Post en Facebook del Ministerio de Hacienda
Declaraciones del Ministerio de Hacienda