El pasado 11 de noviembre el Diario Oficial de Galicia (DOG) publicaba la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. El artículo 10 de esta normativa recoge el concepto de discriminación sexista por error. Este apartado especifica que “la prohibición de la discriminación por razón de sexo incluye la discriminación sexista por error, entendida como aquella que se funda, por parte del sujeto discriminador, en una apreciación incorrecta del embarazo, la maternidad, las obligaciones familiares o el estado civil de la persona víctima”.
En este contexto, esta semana se ha generado una gran polémica en redes sociales al respecto de este concepto. Un usuario anónimo publicó en su perfil de X (antes Twitter) el siguiente mensaje: “El PP de Galicia aprueba una ley que perfectamente podría haber hecho Irene Montero. Ley con un concepto llamado ‘discriminación sexista por error’, en esa ley se castigará por ejemplo a quien niegue que un hombre puede quedarse embarazado. Lo peor que le ha podido pasar a España ha sido el Régimen del 78”. Otras publicaciones aseguraban que esta normativa había creado dicho concepto jurídico: “Han creado el concepto de discriminación sexista por error, por la que serás sancionado si dices por ejemplo, que un hombre no puede quedar embarazado”.
Sin embargo, esto es falso. La discriminación por error es un concepto jurídico ya existente que recogen otros documentos oficiales o el Diccionario panhispánico del español jurídico. Además, desde el departamento de prensa de la Conselleria de Promoción do Emprego e Igualdade de la Xunta de Galicia explican que el primer post viralizado es una interpretación de su autor.
El concepto de discriminación por error ya existía antes de la ley de igualdad de Galicia
Para comprobar la veracidad del mensaje viralizado en X esta semana, desde INFOVERITAS nos hemos puesto en contacto con la Conselleria de Promoción do Emprego e Igualdade de la Xunta de Galicia. Desde su departamento de prensa desmienten que sea un concepto jurídico nuevo y afirman que todas las nuevas leyes de igualdad lo incluyen.
Además, explican que el ejemplo del post viralizado, que afirmaba que supuestamente sería punible negar que un hombre puede quedarse embarazado, es una interpretación del autor.
En este sentido, el concepto de discriminación por error de la ley de igualdad de Galicia también se incluye en otros documentos oficiales de otras comunidades autónomas. Ya en septiembre de 2020, el Gobierno del País Vasco, a través de la Red para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, publicó esta guía básica. En la página 13 de este texto se recoge la discriminación por error, y explican que “se produce cuando una persona o grupo es objeto de trato discriminatorio debido a una apreciación incorrecta sobre ella”. Y ejemplifican con que “a un chico no le cogen para un puesto de trabajo porque creen que es gay”.
De hecho, el Diccionario panhispánico del español jurídico expone asimismo la definición de la discriminación por error: “Situación en la que una persona o un grupo de personas son objeto de discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género como consecuencia de una apreciación errónea”.
INFOVERITAS verifica que…
Es falso que la nueva ley de igualdad de Galicia castigue “a quien niegue que un hombre puede quedarse embarazado”. Esta normativa incluye el concepto de la discriminación sexista por error, que ya recogen tanto otros documentos oficiales como el Diccionario panhispánico del español jurídico. Desde el departamento de prensa de la Conselleria de Promoción do Emprego e Igualdade de Galicia explican que el post viralizado se trata de una interpretación de su autor.
Fuentes
Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia
Consulta al departamento de prensa de la Conselleria de Promoción do Emprego e Igualdade de Galicia
Igualdad de trato y no discriminación. Guía básica, del Gobierno del País Vasco